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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41779 >> Fecha 07/06/2019 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41779 - Articulo 4
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Artículo 4    Tipo: Transitorio
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Transitorio IV.- Para efectos del acatamiento de lo dispuesto en el Transitorio II de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Pública, No. 9635, la Administración Tributaria actualizará de oficio la condición de los contribuyentes del Impuesto General sobre las Ventas para inscribirlos como contribuyentes en el Impuesto sobre el Valor Agregado, cuando corresponda, sin necesidad de notificarles el acto que así lo declare, únicamente se le comunicará en el buzón electrónico del mismo.


 

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