Artículo 155. El CECADES es el órgano rector del SUCADES, encargado de
brindar a las unidades de capacitación o dependencias equivalentes, la asesoría
y el apoyo técnico necesarios para el efectivo cumplimiento de sus funciones.
Por su naturaleza y función rectora, constituye un órgano propulsor de las
políticas, estrategias, planes y programas de capacitación de las personas
servidoras públicas, propiciando su promoción humana y su desarrollo
permanentes, en conjunción con la profesionalización de la función pública;
como aportes estratégicos para la entrega de servicios de calidad a la
ciudadanía.
El CECADES estará a cargo de una Directora
o Director Ejecutivo, nombrado por el Director General de Servicio Civil y
puede contar, para la toma de decisiones, definición de políticas, emisión de
disposiciones y canalización de recursos, con la asesoría del Consejo de
Capacitación.
(Así adicionado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 40608 del 30
de junio de 2017)
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