Artículo 9º—Competencias
de la Dirección de la REFRINA. Será competencia de la Administración las
siguientes actuaciones:
a) Velar por el
mantenimiento, higiene, seguridad y adecuado uso de las instalaciones y equipos
de REFRINA.
b) Impartir las
instrucciones necesarias a los usuarios de REFRINA, a fin de que cumplan con
las regulaciones y estipulaciones de los contratos con usuarios y demás disposiciones
aplicables.
c) Hacer que se
cumplan los horarios y regulaciones establecidas para la operación de los
frigoríficos.
d) Dirigir,
supervisar y controlar al personal operativo bajo su cargo.
e) Establecer y
mantener vigente los registros de usuarios, los registros de niveles de
ocupación de REFRINA.
f) Emitir las
órdenes y directrices para el cumplimiento del Sistema de Gestión de Calidad.
g) Prohibir la
entrada a cualquier producto potencialmente contaminante que atente contra los
ya almacenados en el frigorífico, en uso de las facultades del Ordenamiento
Jurídico.
h) Aprobar de
acuerdo al procedimiento vigente la remoción y traslado, fuera de los
frigoríficos de mercancías que presenten indicios de estar contaminadas, en mal
estado en uso de las facultades del Ordenamiento Jurídico.
i) Aprobar de
acuerdo al procedimiento vigente el desecho, fuera de los frigoríficos de
mercancías que hubiesen sido dejadas en abandono, y cuyo valor no amerite el
procedimiento de remate, para lo cual se considera tal después de seis meses de
atraso.
j) Gestionar y
promocionar los servicios de REFRINA.
k) Gestionar la
contratación directa de derechos de uso como actividad ordinaria de REFRINA, e
incluso podrá suscribir y rescindir contratos de derecho de uso en carácter de
apoderado especial, si le fuere delegado por la Gerencia General.
l) La gestión y
aprobación de un descuento de hasta por un 20% menor al canon aprobado, cuando
se cumpla con lo establecido en el protocolo de beneficios para concesionarios
al por mayor de nuestros servicios. Esto con el objetivo de garantizar la competitividad
de REFRINA en el mercado de servicios de almacenamiento a bajas temperaturas.
Las condiciones de gestión se regularán por medio de protocolo específico que
su aprobación es competencia del Consejo Directivo.
m)Resolver las
situaciones de emergencia, caso fortuito y fuerza mayor que se presenten en el
funcionamiento de REFRINA e informar al Gerente.
n) Disponer el
remate o el desecho de productos de acuerdo con el procedimiento interno
vigente así como las normas internas de operación, funcionamiento y de
aplicación de contratos establecidos, así como de las medidas sanitarias
aplicables.
o) Tramitar los
reclamos administrativos producto de responsabilidad administrativa.
p) Solicitar el
establecimiento de nuevos servicios.
q) Ejecutar
cualquier función atinente a su cargo de acuerdo con el Manual descriptivo de puestos.