SECCIÓN III
Oferta
ARTÍCULO 48- Oferta. La
oferta deberá consistir en una propuesta que responda a las necesidades
plasmadas en el pliego de condiciones y su sola presentación se entiende como
la manifestación de voluntad de contratar con pleno sometimiento al
ordenamiento jurídico, a las condiciones definidas por la Administración y
cumplir con las obligaciones de la seguridad social, lo cual deberá mantener
durante la ejecución del contrato.
La
literatura técnica y demás documentación que dé soporte a la propuesta
constituirán parte integral de la oferta. En caso de contradicción entre
distintos extremos de la propuesta prevalecerá la que mejor se ajuste al pliego
de condiciones.
Con el solo
sometimiento de la oferta en tiempo se entiende aceptado el plazo de vigencia
de la oferta establecido en el pliego de condiciones y durante las diferentes
etapas del procedimiento.
Las ofertas
podrán ser base y alternativas, ofertas en conjunto y ofertas en consorcio. La
responsabilidad será solidaria en las ofertas en consorcio. Igualmente lo será
en las ofertas en conjunto, en caso de que la diferenciación de
responsabilidades no pueda darse.
El
reglamento regulará lo referente a grupos de interés económico, el cual estará
conformado por el conjunto de dos o más personas que mantengan cualquier
relación financiera, administrativa o patrimonial significativa entre sí.
Cuando
algún proveedor carezca de certificado de firma digital, la Dirección de
Contratación Pública podrá establecer los mecanismos electrónicos a través de
los cuales la parte interesada pueda acreditar la identidad del firmante y la
integridad del mensaje.
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