Buscar:
 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Opinión Jurídica 102 del 23/07/2001
Internet
Año:
Buscar en:




Opciones:
Guardar
Imprimir


Ficha del Pronunciamiento
ß&Ø¥ß%
Texto Opinión Jurídica 102
 
  Opinión Jurídica : 102 - J   del 23/07/2001   

OJ-102-2001
23 de julio de 2001
 
 
 
MSc.
Jorge Rodríguez Chaverri
Decano
Colegio Universitario para el Riego y el Desarrollo
del Trópico Seco (CURDTS)
Cañas, Guanacaste
S. O.
 
Estimado señor:

    Con la aprobación del señor Produrador General Adjunto, me refiero a su oficio No. CURDTS-D-109-2001 de fecha 11 de julio último, recibido por este Despacho el día 12 siguiente, por el cual solicita se le defina lo que procede en cuanto a competencia se refiere, sobre lo dictaminado por la Contraloría en oficio No. 3260 en lo relativo al traslado de fondos del Convenio MAG-COSTASEM al Colegio y lo expresado en oficio No. 6985; criterios emitidos por el Lic. Renato Rey Méndez, Abogado de Area de la Gerencia Servicios de Educación, Culturales y Deportivos de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa.


    Sobre el particular me permito manifestarle que de acuerdo con conversación telefónica sostenida el día de hoy con el Lic. Rey Méndez, me ratificó que el dictamen emitido en oficio No. 3260 no ha sido reconsiderado por dicho órgano contralor. En ese sentido, el criterio sobre el aspecto consultado rendido por la Contraloría General de la República en el punto A iv) y en el ámbito de su competencia, es vinculante para los sujetos pasivos sometidos a su control y fiscalización (art. 4 in fine de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República No. 7428).


    Consecuentemente, existiendo un pronunciamiento vinculante y excluyente emitido por parte de la Contraloría General de la República, esta Procuraduría General de la República, reiteramos, carece de competencia para pronunciarse sobre el aspecto consultado, por lo que cualquier aclaración sobre el particular debe canalizarla a través de dicho órgano contralor.


 


Atentamente,


 
 
 
Lic. Fernando Casafont Odor
NOTARIO DEL ESTADO
 
 
 
FCO/na
Cc: Archivo