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 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Dictamen 170 del 24/12/1993
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Ficha del Pronunciamiento
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Texto Dictamen 170
 
  Dictamen : 170 del 24/12/1993   

C-170-93


24 de diciembre de 1993


 


Señor


Eduardo Sibaja Arias


Secretario Ejecutivo


Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas


 


Estimado señor:


Con la aprobación del señor Procurador General de la República doy respuesta a su oficio de fecha 1 de marzo del año en curso, mediante el cual requiere de este órgano consultivo información sobre la vigencia y aplicación del dictamen C-250-80 de treinta de octubre de l980.


En particular señala usted la discusión que internamente en esa repartición administrativa ha causado el mencionado dictamen, sobre la interpretación que deba dársele al artículo 157 del Código de Trabajo.


Debemos indicarle sobre ello, que el dictamen se encuentra ajustado a una adecuada interpretación de la norma legal contenida en el numeral 157 del Código de Trabajo. En efecto, las retribuciones o remuneraciones que el trabajador deba percibir en el período vacacional estarán afectadas por los salarios ordinarios y extraordinarios percibidos por él durante las últimas cincuenta semanas de trabajo ejecutado. El criterio allí contenido no ha sido modificado en modo alguno ni reconsiderado. Asimismo, es importante advertir que nuestra opinión consultiva constituye jurisprudencia administrativa de conformidad con el artículo segundo de nuestra Ley Orgánica, No. 6815 de 27 de setiembre de l982.


En consecuencia, y tomando en consideración además, que la consulta original fue requerida por esa misma unidad administrativa, es obligatorio su acatamiento. Sobre todo si consideramos que en la especie, nos encontramos frente a indudables derechos del trabajador que no deben ser irrespetados o violados so pretexto de una interpretación contraria a la enunciada en el dictamen C-250- 80.


 


Le saluda, con respeto,


Lic. Juan José Soto Cervantes.


PROCURADOR ADJUNTO