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 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Dictamen 166 del 04/10/1990
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Ficha del Pronunciamiento
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Texto Dictamen 166
 
  Dictamen : 166 del 04/10/1990   

C-016-90

(Nota de SINALEVI: Este pronunciamiento se consignó por error como dictamen. El texto corresponde a una opinión legal.)


 


C-166-1990


San José, 4 de octubre de 1990


 


 


 


OPINION LEGAL-166-1990


DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA


 


 


En mi condición de Procurador General de la República de Costa Rica, debidamente nombrado por el Consejo de Gobierno en Acuerdo Nº 6 de su Sesión Ordinaria Nº 152 del 27 de setiembre , y ratificado por la Asamblea Legislativa mediante Acuerdo Nº 2647 de 17 de octubre, ambas fechas del año 1989, EMITO la siguiente Opinión Legal:


 


PRIMERO: Que los Gobiernos de la Repúblicas de Finlandia y de Costa Rica suscribieron en San José, Costa Rica, con fecha 13 de febrero de 1988 el Acuerdo de Crédito entre ambos gobiernos, por una cantidad de treinta millones de marcos finlandeses.


 


SEGUNDO: Que la Asamblea Legislativa aprobó el referido Acuerdo, por medio de la Ley Nº 7196 de 29 de agosto de 1990, publicada en el diario oficial " La Gaceta " Nº 180 del 24 de setiembre de 1990.


 


POR LO TANTO: De conformidad con nuestro Ordenamiento Jurídico, y en particular con lo que establece el Artículo 129 de nuestra Constitución Política, el referido Acuerdo ha cumplido con todos los requisitos internos y por ello no requiere trámite posterior para que surta todos sus efectos, de modo que constituyen obligaciones válidas y exigibles, conforme a sus estipulaciones, especialmente para la República de Costa Rica.


 


Expido la presente opinión legal para los efectos de lo dispuesto en el inciso 1º del Artículo 10 (Requisitos Especiales) del citado Acuerdo.


 


Dada en la ciudad de San José, el día cuatro de octubre de mil novecientos noventa.


 


Lic. Adrián Vargas Benavides


Procurador General de la República


AVB/EGPC.eli