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 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Opinión Jurídica 156 del 06/10/2005
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Ficha del Pronunciamiento
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Texto Opinión Jurídica 156
 
  Opinión Jurídica : 156 - J   del 06/10/2005   

NE-14-97

OJ-156-2005


6 de octubre de 2005


 


 


Señora


Sonia González Núñez


Secretaria Municipal


Municipalidad de Corredores

S.          O.


 


Estimada señora:


 


            Con la aprobación de la señora Procuradora General de la República, me refiero a su oficio N° SG-510-05 de 21 de setiembre último, recibido por este Despacho el día 4 de octubre siguiente, por el cual transcribe la moción aprobada por el Concejo Municipal, en sesión ordinaria N° 36 de 5 de setiembre de este año, por la que se solicita a esta Procuraduría la asignación de inmueble propiedad del Estado de 2469.15 metros cuadrados, que era ocupado por el Ministerio de Salud (CEN-CINAI) y la Caja Costarricense de Seguro Social (SUCURSAL).


 


            Sobre el particular me permito manifestarle que la gestión correspondiente deberá formularla ante la administración activa, en este caso el Ministerio de Salud, de conformidad con el artículo 67 del Código Municipal, que establece: “Autorízase al Estado, las instituciones públicas y las empresas públicas constituidas como sociedades anónimas para donar a las municipalidades toda clase de servicios, recursos y bienes, así como para colaborar con ellas”.


 


De acceder el Ministerio de Salud a la petición (con anuencia de la Caja Costarricense de Seguro Social), de previo a otorgar la escritura que interesa, es preciso que el Ministerio referido someta un proyecto de escritura a refrendo por la Unidad de Autorizaciones y Aprobaciones de la División de Desarrollo Institucional de la Contraloría General de la República. Requisito que es requerido con fundamento en la resolución de la Contraloría General de la República, de las 8 horas del 28 de enero de 2000, que emite el “Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública”, publicado en La Gaceta N° 28 del 9 de febrero de 2000, p. 35. Dicha Unidad luego remitirá, si corresponde, a la Notaría del Estado el proyecto de escritura refrendado acompañado del expediente respectivo.


 


               Atentamente,


 


 


 


 


                Lic. Fernando Casafont Odor


              PROCURADOR NOTARIO DEL ESTADO


38435.


 


FCO/na