Buscar:
 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Dictamen 179 del 18/09/1987
Internet
Año:
Buscar en:




Opciones:
Guardar
Imprimir


Ficha del Pronunciamiento
ß&Ø¥ß%
Texto Dictamen 179
 
  Dictamen : 179 del 18/09/1987   

C-179-87


San José, 18 de setiembre de 1987


 


 


Señor


Luis Fernando Morales Quesada


Ejecutivo Municipal


Municipalidad de Paraíso


Paraíso


 


Estimado señor:


 


            Por encargo y con la aprobación del señor Procurador General de la República me refiero a su atento oficio de 3 del mes en curso, en el que transcribe artículo 24 de la Sesión Ordinaria Nº 135, celebrada por esa Municipalidad el 1º de setiembre de 1987. En ese Acuerdo la Municipalidad decide consultar a la Procuraduría General de la República el “…asunto relativo a negativa del Instituto Costarricense de Electricidad (I.C.E.), en cancelar cobro por concepto de “Contribución Especial para el mantenimiento de caminos vecinales”. Remite el expediente administrativo.


 


            Examinado como fue el expediente que se nos adjuntó a su oficio, encontramos dos posiciones jurídicas totalmente definidas: la que asume esa Municipalidad con el respaldo de dictamen legal emitido el 7 de marzo por el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, en el sentido de que el Instituto Costarricense de Electricidad está obligado al pago del tributo conocido como Detalle de Caminos y para ello se fundamenta básicamente en la exoneración que para impuestos nacionales y Municipales contiene el artículo 20 de su Ley Orgánica. (Oficios Nº 2104 de 24 de enero de 1986 y 17756 de 23 de julio de 1986).


 


            En aplicación del artículo 78 de la Ley General de la Administración Pública la situación conflictiva planteada por esa Municipalidad, ante esta Procuraduría, debe de ser sometida al conocimiento y decisión del señor Presidente de la República, quien dirimirá el conflicto siguiendo para ello el procedimiento que señala el artículo siguiente de esa misma ley.


 


            Conforme con lo expuesto, es criterio de esta Procuraduría General que la Municipalidad de Paraíso –de persistir en su posición- debe someter el conflicto con el Instituto Costarricense de Electricidad a conocimiento y resolución del señor Presidente de la República.


 


            De uds. muy atentamente,


 


Licda. Mercedes Solórzano Sáenz


PROCURADORA ASESORA


 


MSS/lmr