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 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Dictamen 305 del 12/09/1983
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Ficha del Pronunciamiento
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Texto Dictamen 305
 
  Dictamen : 305 del 12/09/1983   

C-305-83


12 de Setiembre de 1983


 


Señor


Ing. Nario Velásquez Bonilla


Subgerente del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo


 


Estimado Señor:


 


Con la anuencia del señor Procurador General de la República, doy respuesta a su oficio 1885, en que nos solicita pronunciamiento atinente a si el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y el Sindicato Unión de Empleados del INVU, pueden celebrar una convención Colectiva, ya que la que existía se incorporó al Reglamento Interior de Trabajo y no se denunció oportunamente, antes del vencimiento.


 


La Convención Colectiva suscrita entre el Sindicato Unión de Empleados del INVU y la Institución, el 25 de abril de 1974, desapareció como tal al incorporarse la totalidad de lo pactado al Reglamento Interior de Trabajo de la Institución. A la fecha no es posible una prorroga toda vez que esa Convención para efectos legales desapareció.


 


Ahora bien, la Presidencia Ejecutiva de ese organismo formulo pregunta concreta a este Despacho, que fue contestada por el señor Procurador General Adjunto mediante pronunciamiento número C-121-82, que le adjunto para los efectos pertinentes.


 


Hago advertencia, que de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 6815 de 27 de setiembre de 1982 –Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República-, toda consulta que se presente ante este Organismo debe acompañar el criterio jurídico del Departamento Legal respectivo. Así lo dispone en el artículo cuarto de la citada ley que le transcribo:


 


“Los órganos de la Administración Pública, por medio de los jerarcas de los diferentes niveles administrativos, podrán consultar el criterio técnico-jurídico de la Procuraduría, debiendo en cada caso, acompañar la opinión de la Asesoría Legal respectiva”.


 


Sin ese requisito nos veremos inhibidos de dar contestación a las consultas que por su medio ese ente nos formule. 


 


Atentamente,


 


 


Lic. Luis Francisco Madriz Soto


PROCURADOR DE RELACIONES DE SERVICIO


 


CC: Secretaría


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