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 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Opinión Jurídica 040 del 02/05/2018
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Ficha del Pronunciamiento
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Texto Opinión Jurídica 040
 
  Opinión Jurídica : 040 - J   del 02/05/2018   

02 de mayo de 2018


OJ-040-2018


 


 


Señora
Hannia Durán Barquero


Jefe de Área


Comisión Permanente Especial de Ambiente


Asamblea Legislativa


 


 


Estimada señora:


 


 


            Con aprobación del señor Procurador General de la República, nos referimos a su Oficio N° AGRO-052-2016, por medio del cual requiere la opinión jurídica no vinculante de esta Procuraduría sobre el proyecto de ley que se tramita en el expediente legislativo No. 20046, denominado “Reforma a la Ley de Creación de la Corporación Ganadera Ley No. 7837 de 5 de Octubre de 1998”, publicado en el Alcance No. 146 a La Gaceta No. 159 de 19 de agosto de 2016.


 


            1) Carácter de este pronunciamiento:


 


En virtud de lo regulado por nuestra Ley Orgánica (N° 6815 de 27 de setiembre de 1982), los criterios emanados de este órgano asesor en cuanto a los alcances y contenido de un proyecto de ley, no poseen la obligatoriedad propia de aquellos referidos a asuntos surgidos del ejercicio de la función administrativa y por esa razón, este criterio es vertido por medio de una opinión jurídica no vinculante que pretende ser un insumo en el ejercicio de la importante labor legislativa.


           


Por otra parte, al no encontrarnos en los supuestos establecidos por el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, este pronunciamiento no se encuentra sujeto al plazo de ocho días en él establecido.


 


2) Consideraciones sobre el proyecto de ley consultado:


 


            El proyecto de ley que se consulta, de iniciativa del Poder Ejecutivo, tiene un objetivo concreto: derogar el artículo 20 de la Ley de Creación de la Corporación Ganadera.


 


            Dicho artículo creó una Comisión que debía encargarse de establecer un sistema de liquidación que garantizara la distribución equitativa de los ingresos de la venta de la carne y los subproductos de la res entre los ganaderos e industriales. Sin embargo, como se indica en la exposición de motivos del proyecto, existen obstáculos legales y técnicos que han impedido definir y establecer el sistema de liquidación indicado.


 


            De ahí que, si existen ese tipo de impedimentos, resulta importante realizar un análisis de costo beneficio para determinar si realmente es necesario mantener una Comisión que en la práctica no tiene ninguna funcionalidad.


 


Al igual a como lo hemos indicado sobre proyectos de ley que pretenden crear órganos administrativos nuevos, la técnica legislativa exige que se pondere adecuadamente, en el momento de su elaboración, si un determinado proyecto de ley responde a una necesidad real o no de nuestro ordenamiento jurídico y si existen otras alternativas viables. Y además, es necesario que se determine si las funciones que se encomendarían al órgano administrativo que se pretende crear, son competencias nuevas que pueden ser asumidas por otros organismos ya existentes o incluso, si se trata de competencias que actualmente ya son ejercidas por otra institución pública y por tanto, si la aprobación del proyecto produciría duplicidad de funciones (al respecto véanse las Opiniones Jurídicas de esta Procuraduría Nos. 111-2014 de 18 de setiembre de 2014, OJ-121-2014 de 1° de octubre de 2014 y OJ-10-2015 de 9 de febrero de 2015).


 


Y es que lo mismo aplica para aquellos casos en los que se estime que determinado órgano administrativo no posee, en la práctica, la operatividad proyectada al momento de su creación.


 


Por lo tanto, si la Asamblea Legislativa estima que la Comisión creada en el artículo 20 de la Ley de Creación de la Corporación Ganadera, por diferentes motivos, no ha cumplido las funciones que le fueron encomendadas, resulta razonable la aprobación del proyecto de ley sometido a nuestra consideración.


 


 


3) Conclusión:


 


Con fundamento en lo expuesto se tiene por evacuada la consulta del proyecto de Ley No. 20046, denominado “Reforma a la Ley de Creación de la Corporación Ganadera Ley No. 7837 de 5 de Octubre de 1998.”


 


 


 


De Usted, atentamente,


 


 


Gloria Solano Martínez                                          Elizabeth León Rodríguez


Procuradora                                                               Abogada de Procuraduría


 


GSM/ELR/cav