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 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Opinión Legal 164 del 07/12/1993
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Ficha del Pronunciamiento
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Texto Opinión Legal 164
 
  Opinión Legal : 164 - L   del 07/12/1993   

C-164-93


OPINION LEGAL


PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA


El suscrito, Adrián Vargas Benavides, mayor, casado, vecino de San José, Abogado, con cédula de identidad N. 44-105-889, en mi condición de PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA, según Acuerdo del Consejo de Gobierno N. 152 de la Sesión Ordinaria N. 97 de 24 de marzo de 1992, publicada en La Gaceta N. 106 del 3 de junio de 1992, publicado en La Gaceta N. 106 del 3 de junio de 1992 y ratificado por la Asamblea Legislativa, según Acuerdo N. 2796 de 28 de abril de 1992, publicado en La Gaceta N. 105 del 2 de junio de 1992, emitió la siguiente OPINION LEGAL respecto del Contrato de préstamo, suscrito el 13 de octubre de 1992, entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Mediocrédito Centrale de Italia.


PRIMERO: Que mediante el artículo 1º de la Ley N. 7371 de 23 de noviembre de 1993, la Asamblea Legislativa aprobó el "Acuerdo Final entre el Gobierno de La República de Costa Rica y L Istituto Centrale  per il crédito a medio termine, Mediocrédito Centrale, por un monto de cuatro millones setecientos cincuenta mil dólares estadounidenses, para financiar el reemplazo del sistema del radar del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría.


SEGUNDO: Que dicha aprobación legislativa es requisito indispensable para la validez del convenio de préstamo, según lo establece el artículo 121, inciso 15 de la Constitución Política.


TERCERO: Que producida dicha aprobación, el Convenio no requiere para su validez y eficacia de ninguna otra aprobación legislativa o administrativa. Por lo que se han cumplido los requisitos constitucionales y legales para la vigencia del contrato de préstamo en el país.


EN CONSECUENCIA: El referido "Contrato de Préstamo" establece una obligación directa, válida y vinculante para el Deudor, exigible de conformidad con sus términos, para cuyo pago y cumplimiento se ha comprometido la fe y el crédito del Gobierno de Costa Rica.


Dada en San José, el 7 de diciembre de mil novecientos noventa y tres.


 


Lic. Adrián Vargas Benavides


PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA