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 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Opinión Jurídica 122 del 22/10/1999
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Ficha del Pronunciamiento
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Texto Opinión Jurídica 122
 
  Opinión Jurídica : 122 - J   del 22/10/1999   

O.J-122-99


San José, 22 de octubre, 1999


 


Licenciada


Xinia Montano Alvarez


Asesora


Ministerio de Justicia y Gracia


 


Estimada licenciada:


   Por encargo y con la aprobación del señor Procurador General de la pública, nos es grato dar respuesta a su nota DM-A-XMA 0563-99 de 13 de setiembre y recibida en nuestras oficinas el pasado 13 de los corrientes, mediante la cual solicita el criterio técnico jurídico de la Procuraduría General sobre el proyecto de tratado denominado: "Convención Internacional contra el reclutamiento, la utilización, la financiación y el entrenamiento de mercenarios", expediente legislativo Nº 13.583.-


I.- Cuestiones Preliminares.


   El proyecto de Convención analizado es enteramente compatible con nuestro ordenamiento jurídico, así como con nuestra tradición civilista y democrática, motivo por el cual este Órgano Asesor no encuentra obstáculo alguno para su suscripción. -


   El objetivo fundamental del proyecto es la eliminación de la actividad mercenaria, dada su influencia negativa que se enseñorea sobre todo Estado de Derecho.-


   Dicho cometido, es totalmente compatible con los postulados fundamentales de nuestra Carta Política, la cual desde sus prolegómenos proclama que nuestro país es una República democrática e independiente, cuya soberanía reside en la Nación (artículos 1º y 2º). -


   Además, procede acotar que el proyecto examinado es consecuente con los principios de la Carta de las Naciones Unidas, así como con los de la Carta de la Organización de Estados Americanos, las cuales propician y abogan por el respeto de la soberanía e independencia de los Estados. -


   Como efectos nocivos de la práctica mercenaria, se citan el socavamiento y limitación de la estabilidad política de las naciones, la pérdida de soberanía (1), independencia y autodeterminación, así como el vínculo estrecho y nefasto que los grupos mercenarios tienen con los traficantes de droga. Sobre este último punto, es necesario recalcar que el proyecto es conteste con la Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas (Ley 7198), la cual penaliza con mayor severidad al traficante que participa también en otras actividades delictivas internacionales.-


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NOTA (1): El profesor Rubén Hernández Valle, al explicar el concepto de soberanía desde una perspectiva externa, enuncia que nuestro país es soberano porque es independiente de los demás ordenamientos internacionales, especiales y comunitarios. HERNANDEZ VALLE (Rubén) Constitución Política de Costa Rica Comentada y Anotada, San José, Editorial Juricentro 1998, p20.


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II.- Inclusión de la instigación.


   Creemos conveniente que se introduzca la figura de la instigación dentro de las formas de participación que enuncia el artículo 4º, dado que aquella se puede manifestar ya sea instigando a alguien a incurrir en alguna de las conductas previstas en el artículo 2º, o bien, instigando directamente al mercenario a que adopte esa conducta.-


III.- Afinidad con otras conductas delictivas.


   Es oportuno destacar la afinidad del tipo penal previsto en el proyecto de Convención con el artículo 372 de nuestro Código Penal, que sanciona con prisión de diez a quince años a los que dirijan o formen parte de organizaciones que realicen actos de terrorismo. -


IV.- Instauración de la figura del comiso.


   Consideramos necesario que el Tratado faculte a las partes para que comisen todo tipo de bien mueble e inmueble que haya sido utilizado para llevar a cabo actividades mercenarias, tal y como lo define la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Drogas y en nuestro medio, el artículo 110 del Código Penal.-


   Hacemos propicia la ocasión para reiterarle nuestra más alta estima y consideración.-


 


Licdo. José Enrique Castro Marín


Procurador Asesor Penal


 


Licdo. Manrique Ruiz Leal


Asistente