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Artículo 13
1.- Se deberá estimular a los asalariados y a los productores
independientes a que practique alguna de las formas de ahorro y
voluntario.
2.- Se deberían tomar todas las medidas pertinentes para proteger a
los asalariados y a los productores independientes contra la usura, y en
particular aquellas que tiendan a reducir los tipos de interés de los
préstamos, controlar las operaciones de los prestamistas y aumentar las
facilidades de obtener un préstamo para fines apropiados, por intermedio
de organizaciones cooperativas de crédito o de instituciones sujetas al
control de la autoridad competente.
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