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 Normativa >> Ley 7293 >> Fecha 31/03/1992 >> Articulo 22
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Normativa - Ley 7293 - Articulo 22
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Artículo 22
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22

        Artículo 22.- Modifícase el artículo 33 de la Ley Nº 7092 para que diga:

"Artículo 33.- Rentas de más de un empleador. La cuota libre de setenta y dos mil colones (¢72.000), como no sujeta del impuesto, es una sola. Por lo tanto, los contribuyentes que, durante un período tributario o en una parte de él, hubieran obtenido rentas de más de un empleador, patrón o pagador simultáneamente, deberán notificárselo a él o a ellos para que no se les descuente otra cuota libre. En estos casos, el patrón o el pagador retendrán el impuesto sobre el total de la renta, según la tarifa del artículo 28.

En el caso de que el empleado no haga la notificación a que se refiere este artículo, la Administración Tributaria deberá efectuar la tasación correspondiente del impuesto que proceda."

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