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 Normativa >> Ley 7293 >> Fecha 31/03/1992 >> Articulo 44
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Normativa - Ley 7293 - Articulo 44
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Artículo 44
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44

        Artículo 44.- Se autoriza la liberación de maquinaria, equipo y vehículos nacionalizados con exención de los tributos y sobretasas correspondientes que afectaban su importación, siempre y cuando dicha importación se haya realizado antes del 1 de enero de 1980.

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