Transitorio II.- La
Junta dará prioridad a la reorganización y modernización del Registro Público y
luego al Registro de Propiedad Mueble. El Catastro para Aplicaciones Jurídicas
y los demás registros serán atendidos por ella, de acuerdo con las necesidades
de cada dependencia, siempre que se hayan traspasado al Ministerio de
Gobernación.
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