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 Normativa >> Ley 5695 >> Fecha 28/05/1975 >> Articulo 4
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Normativa - Ley 5695 - Articulo 4
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Artículo 4    Tipo: Transitorio
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Transitorio IV.- La Junta deberá coordinar con el Instituto Geográfico Nacional la organización y funcionamiento del Catastro para Aplicaciones Jurídicas.

Casa Presidencial. San José, a los veintinueve días del mes de abril de mil novecientos setenta ay cinco.

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