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 Normativa >> Ley 7739 >> Fecha 06/01/1998 >> Articulo 33
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Normativa - Ley 7739 - Articulo 33
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Artículo 33
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Artículo 33°- Derecho a la permanencia con la familia.

Las personas menores de edad no podrán ser separados de su familia, salvo en circunstancias especiales establecidas por la ley. En este caso, tendrán derecho a la protección y asistencia técnica gratuitas por parte del Patronato Nacional de la Infancia.

 

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