ARTICULO 5
A fin de que la introducción de nuevos métodos de manipulación de
cargas se traduzca en los máximos beneficios sociales, la política
nacional deberá fomentar la colaboración entre los empleadores o sus
organizaciones y las organizaciones de trabajadores, para aumentar el
rendimiento del trabajo portuario con la participación, cuando proceda,
de las autoridades competentes.
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