Artículo 29.—Horario.
La jornada y horario será el indicado en el Reglamento Autónomo de Organización
y Servicios de la
Municipalidad de Talamanca, sin embargo podrá ingresar y
dejar las instalaciones de la
Municipalidad en horas distintas al horario anterior en el
cumplimiento de sus funciones y competencias.
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