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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 31/05/2012 >> Articulo 60
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 60
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Artículo 60
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Artículo 60.—Denuncias. El proceso de admisibilidad, manejo y control de denuncias por parte de la Auditoría Interna, se regulará en el correspondiente reglamento.

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