COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA
(Nota de Sinalevi: Sobre este tema el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica había emitido anteriormente
la Normativa
de Tecnólogos en Ciencias Médicas autorizados por el Colegio de Médicos y
Cirujanos y publicada en el Alcance Digital N° 217 a La Gaceta N° 170 del 7
de setiembre de 2017)
JUNTA DE GOBIERNO
COMUNICA
QUE:
La Junta de Gobierno en la
Sesión Ordinaria 2021-05-12, celebrada el 12 de mayo del 2021, acordó aprobar
la Normativa de Tecnólogos en Ciencias Médicas del Colegio de Médicos y
Cirujanos de Costa Rica, quedando de la siguiente manera:
NORMATIVA DE TECNÓLOGOS EN CIENCIAS MÉDICAS DEL
COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1º-Ámbito de
Aplicación. La
presente normativa será aplicable a los Tecnólogos en Ciencias Médicas (en
adelante se denominarán Tecnólogos), debidamente autorizados por el Colegio de
Médicos y Cirujanos de la República de Costa Rica para el ejercicio legal de sus
funciones, según se indica en la Ley Orgánica del Colegio de Médicos y
Cirujanos de la República de Costa Rica y se regirán por dicha ley, su
reglamento, la presente normativa y otras disposiciones legales vinculantes.