COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA

(Nota de Sinalevi: Sobre este tema el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica había emitido anteriormente la Normativa de Tecnólogos en Ciencias Médicas autorizados por el Colegio de Médicos y Cirujanos y publicada en el Alcance Digital N° 217 a La Gaceta N° 170 del 7 de setiembre de 2017)

JUNTA DE GOBIERNO

COMUNICA QUE:

La Junta de Gobierno en la Sesión Ordinaria 2021-05-12, celebrada el 12 de mayo del 2021, acordó aprobar la Normativa de Tecnólogos en Ciencias Médicas del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, quedando de la siguiente manera:

NORMATIVA DE TECNÓLOGOS EN CIENCIAS MÉDICAS DEL

COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1º-Ámbito de Aplicación. La presente normativa será aplicable a los Tecnólogos en Ciencias Médicas (en adelante se denominarán Tecnólogos), debidamente autorizados por el Colegio de Médicos y Cirujanos de la República de Costa Rica para el ejercicio legal de sus funciones, según se indica en la Ley Orgánica del Colegio de Médicos y Cirujanos de la República de Costa Rica y se regirán por dicha ley, su reglamento, la presente normativa y otras disposiciones legales vinculantes.