La foliatura de los
expedientes físicos deberá realizarse de acuerdo con las siguientes
consideraciones:
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Todas
las páginas deben estar numeradas en la misma posición de la página.
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Las
hojas impresas por ambos lados deberán foliarse ambas con su respectiva
secuencia.
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En
caso de que un funcionario detecte un error en el foliado, deberá proceder a
tachar con una línea horizontal los
números incorrectos, refoliar el expediente y
confeccionar un acta administrativa en la que conste lo realizado, dejando el
original en el expediente administrativo.
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Cuando
exista más de un expediente a nombre de una misma persona, deberá conformarse
uno solo, y realizar el foliado en forma consecutiva, dejando constancia en el
acta correspondiente.
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Cuando
se envía un expediente a otra dependencia administrativa, debe quedar
constancia debidamente foliada en dicho expediente y las razones que
justifiquen el envío.
El orden de los documentos en los expedientes
digitales deberá realizarse de acuerdo con las siguientes consideraciones:
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El
orden lo brinda en forma automática el SIP, de acuerdo al momento en que se van
subiendo los documentos.
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En
caso de que un funcionario detecte que algunos folios no corresponden al
expediente deberá llenar el formulario del Anexo 12 y solicitarle al funcionario autorizado en
cada dependencia el borrado de los documentos que no correspondan.
Cuando exista más de un
expediente a nombre de una misma persona, deberá conformarse uno solo. Si se trata de un expediente físico y otro
digital, deberán consolidarse ambos expedientes en forma digital.