CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
JUNTA DIRECTIVA
La Junta Directiva de la Caja
Costarricense de Seguro Social, de conformidad con las facultades conferidas
por los artículos 73 de la Constitución Política, 1, 3 y 14 de la Ley Constitutiva
de la CCSS, acordó en el artículo 4° de la sesión ordinaria N°9298, celebrada
el 01 de diciembre del año 2022, aprobar el Reglamento de Condonación para la
aplicación de la Ley 10.232 denominada "Ley autorización de condonación
para la formalización y recaudación de las cargas sociales", para que se
lea como sigue:
(Nota de Sinalevi:
Este reglamento fue reformado parcialmente y reproducido su texto de forma
íntegra mediante sesión
N°9550 del 23 de
octubre de 2025,
publicado en el Alcance Digital N° 145 a La Gaceta N° 212 del 11 de noviembre
del 2025, y se transcribe a continuación:)
Reglamento
que regula la aplicación de la Ley N°10.232 denominada "Ley Autorización
de condonación para la formalización y recaudación de las cargas sociales"
SECCIÓN I
Campo de aplicación y generalidades
Artículo 1.-Naturaleza
Jurídica del Reglamento. Con base en lo establecido en el transitorio único de la
Ley N°10.232 denominada "Autorización de condonación para la formalización
y recaudación de las cargas sociales" y sus reformas, se dicta el presente
reglamento, con el fin de establecer los lineamientos necesarios para condonar
multas, recargos, intereses y facturas por servicios médicos adeudados por
patronos y trabajadores independientes.