CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

JUNTA DIRECTIVA

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 73 de la Constitución Política, 1, 3 y 14 de la Ley Constitutiva de la CCSS, acordó en el artículo 4° de la sesión ordinaria N°9298, celebrada el 01 de diciembre del año 2022, aprobar el Reglamento de Condonación para la aplicación de la Ley 10.232 denominada "Ley autorización de condonación para la formalización y recaudación de las cargas sociales", para que se lea como sigue:

(Nota de Sinalevi: Este reglamento fue reformado parcialmente y reproducido su texto de forma íntegra mediante sesión N°9550 del 23 de octubre de 2025, publicado en el Alcance Digital N° 145 a La Gaceta N° 212 del 11 de noviembre del 2025, y se transcribe a continuación:)

Reglamento que regula la aplicación de la Ley N°10.232 denominada "Ley Autorización de condonación para la formalización y recaudación de las cargas sociales"

SECCIÓN I

Campo de aplicación y generalidades

Artículo 1.-Naturaleza Jurídica del Reglamento. Con base en lo establecido en el transitorio único de la Ley N°10.232 denominada "Autorización de condonación para la formalización y recaudación de las cargas sociales" y sus reformas, se dicta el presente reglamento, con el fin de establecer los lineamientos necesarios para condonar multas, recargos, intereses y facturas por servicios médicos adeudados por patronos y trabajadores independientes.