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N° 4755
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA
REPÚBLICA DE COSTA RICA
Decreta: El
siguiente Código de
Normas y Procedimientos Tributarios (Código
Tributario) TITULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES
CAPITULO UNICO
Normas Tributarias
Artículo 1º.- Campo de aplicación. Las disposiciones de este Código
son aplicables a todos los tributos y a las relaciones jurídicas emergentes
de ellos, excepto los regulados por el Código Aduanero Uniforme Centro Americano (CAUCA) y su Reglamento (RECAUCA) o por la legislación especial
relativa a entes autónomos o descentralizados.
No obstante lo que se indica en el párrafo primero, las disposiciones del presente Código, son de aplicación supletoria, en defecto de normas
expresas del CAUCA o del RECAUCA, o de la legislación privativa de los entes autónomos o descentralizados.
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