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 Normativa >> Ley 7092 >> Fecha 21/04/1988 >> Articulo 82
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Normativa - Ley 7092 - Articulo 82
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Artículo 82
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82

CAPITULO XXXI

Derogaciones

(Así modificada su numeración por el artículo 3 de la Ley de Ajuste Tributario No.7543 del 14 de setiembre de 1995, que lo traspasó del XXIX al XXX) (Así modificada su numeración por el artículo 1º de ley No.7551 del 22 de setiembre de 1995, del antiguo XXX al actual)

 

ARTICULO 82.-Derogatoria de la ley Nº 837 y del artículo 35 de la ley Nº 6962.

Deróganse la ley Nº 837 del 20 de diciembre de 1946 y sus modificaciones, y el artículo 35 de la ley Nº 6962 del 26 de julio de 1984.

 

(Así modificada su numeración por el artículo 3 de la Ley de Ajuste Tributario No. 7543 de 14 de setiembre de 1995, que lo traspasó del antiguo artículo 67 al 77)

 

(Así modificada su numeración por el artículo 1º de ley No. 7551 de 22 de setiembre de 1995, que la traspasó del antiguo 77 al actual)

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