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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 28727 >> Fecha 19/06/2000 >> Articulo 19
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Normativa - Decreto Ejecutivo 28727 - Articulo 19
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Artículo 19
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Artículo 19.—Las situaciones no previstas expresamente en este Reglamento serán resueltas con base en las normas y principios de la Ley General de la Administración Pública, la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Nº 7472, los usos y reglamentos de la bolsa y las demás normas y principios aplicables.

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