Buscar:
 Normativa >> Ley 7010 >> Fecha 25/10/1985 >> Articulo 1
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 1     >>
Normativa - Ley 7010 - Articulo 1
Ir al final de los resultados
Artículo 1
Versión del artículo: 1  de 1
1

(NOTA: la ley Nº 7143 del 30 de marzo de 1990 reforma la presente

ley en lo que sea pertinente)

ARTICULO 1.- Apruébanse y ratifícanse los contratos de

financiamiento externo de Costa Rica con los bancos privados extranjeros

denominados:

I.- Convenio de Refinanciamiento entre el Banco Central de Costa

Rica, la República de Costa Rica, los deudores que son parte de este

convenio, los bancos que son parte de este convenio, y el Bank of América

National Trust and Saving Association, como banco de servicio, datado el

29 de mayo de 1985.

II.- Convenio de Crédito por setenta y cinco millones de dólares

entre el Banco Central de Costa Rica, la República de Costa Rica, los

bancos parte de este convenio, y el Bank of América National Trust and

Saving Association, como agente de los bancos, fechado el 29 de mayo de

1985.

III.- Contrato entre el Banco Central de Costa Rica, la República de

Costa Rica, las partes deudoras, los bancos y agencias sindicales, y el

Bank of América National Trust and Saving Association, como agente

coordinador de los bancos y agentes sindicales, del 9 de setiembre de

1983, con las enmiendas y nueva exposición del 29 de mayo de 1985;

IV.- Convenio Comercial de Crédito Revolutivo entre el Banco Central

de Costa Rica, la República de Costa Rica, los bancos que son parte de

este convenio, y la Irving Trust Company, en su calidad de tal y en

calidad de agente de los bancos, de fecha 9 de setiembre de 1983,

reformado y reformulado el 29 de mayo de 1985;

El texto de estos convenios se transcribe a continuación:

(Por lo extenso de sus textos, sólo se consigna la normativa

de caracter general. Véase la Colección de Leyes y Decretos

de 1985, Semestre I, Tomo I, páginas L-3 a L-560)

Ir al inicio de los resultados