Nº 34195-MAG
EL
PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Con
fundamento en las atribuciones y facultades conferidas en los artículos 140,
incisos 3), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política y numerales 25, 27,
párrafo primero, 28, párrafo 2, inciso b) y 103, párrafo primero de la Ley Nº
6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978; artículo
22, siguientes y concordantes de la Ley Nº 8292, Ley General de Control Interno
del 31 de julio del 2002; artículo 62 de la Ley Nº 7428, Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República del 7 de setiembre de 1994; el Manual de
Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público, emitido
por la Contraloría General de la República y publicado en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 246 del 16 de diciembre del 2004; la Ley Nº 7064 del 29 de abril
de 1987, que incorpora la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y
Ganadería; Decreto Nº 26431-MAG, Reglamento a la Ley Orgánica del MAG,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 213 del 5 de noviembre de
1997; y
Considerando:
I.—Que el
marco legal que rige la actividad de la Auditoría Interna ha tenido cambios
significativos desde la emisión de la Ley Nº 7428, Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República, del 7 de setiembre de 1994, y
fundamentalmente con la emisión de la Ley Nº 8292, Ley
General de Control Interno, del 31 de julio del 2002, así como con el Manual de
Normas Generales de Control Interno emitido por la Contraloría General de la
República, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de
junio del 2002 y la Ley Nº 8422, Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento
Ilícito en la Función Pública, del 6 de octubre de 2004.
II.—Que
acorde con este nuevo marco legal, la Contraloría General de la República
emitió el Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el
Sector Público, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 246 del 16
de diciembre del 2004.
III.—Que el inciso h) del artículo 22 de la Nº 8292, Ley
General de Control Interno, establece literalmente como parte de las
competencias de la Auditoría Interna el “Mantener debidamente actualizado el
Reglamento de organización y funcionamiento de la Auditoría Interna”.
IV.—Que la Auditoría Interna es parte fundamental del Sistema
de Control Interno institucional y del Sistema de Control y Fiscalización
Superiores de la Hacienda Pública y su acción fiscalizadora requiere ser
reforzada conforme con el marco legal y técnico que regula su gestión, en
defensa del interés público; por lo que es necesario que disponga de un
Reglamento de Organización y Funcionamiento actualizado, acorde con la
normativa que rige su actividad.
V.—Que de
conformidad con las Directrices Generales relativas al Reglamento de
Organización y Funcionamiento de las Auditorías
Internas del Sector Público (D-2-2006-CO-DFOE-DAGJ) emitidas por la Contraloría
General de la República mediante Resolución R-CO-93-2006 de fecha 8 de
diciembre del 2006, se establece que las Auditorías
Internas que, a la fecha de entrada en vigencia de estas directrices cuenten
con un reglamento de organización y funcionamiento, deberán verificar el
cumplimiento de lo regulado en ese cuerpo normativo y que si determinan que el
mismo no cumple cabalmente los requisitos mínimos aquí establecidos, deberán
realizar los ajustes pertinentes y someter el reglamento modificado a la
aprobación del jerarca y luego de la Contraloría General de la República,
observando el trámite señalado en las citadas Directrices.
VI.—Que de la revisión que se efectuó al actual Reglamento de
Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del MAG se determinó la
necesidad de realizar ajustes conforme a la nueva normativa que regula la
materia.
VII.—Que de acuerdo con el artículo 23 de la Ley Nº 8292, Ley
General de Control Interno, dicho Reglamento deberá ser aprobado por la
Contraloría General de la República, publicarse en el Diario Oficial y
divulgarse en el ámbito institucional.
VIII.—Que la Contraloría General de la República, mediante
oficio Nº 12269 (DAGJ-1272-2007) de fecha 17 del mes de octubre de 2007 dio su
aprobación al presente Reglamento. Por tanto,
DECRETAN:
Reglamento
de Organización y Funcionamiento
de la Auditoría Interna del Ministerio
de Agricultura y Ganadería
Presentación
El
presente Reglamento se formula en cumplimiento con las Directrices Generales
relativas al Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Auditorías Internas del Sector Público emitidas por la
Contraloría General de la República mediante Resolución R-CO-93-2006. Este
documento está dispuesto en cuatro capítulos. El primero involucra aspectos
generales respecto del objeto y ámbito de aplicación del reglamento,
responsabilidad sobre la elaboración del reglamento y algunas definiciones y
siglas para una mejor comprensión del documento. El segundo capítulo se refiere
a la organización de la Auditoría Interna haciendo mención al concepto de
Auditoría Interna, el proceso de planeamiento estratégico, enunciados éticos, independencia
y objetividad, ubicación y estructura organizativa, requisitos y funciones de
los cargos de Auditor y Subauditor Internos,
rendición de cuentas, pericia y debido cuidado profesional, programa de
calidad, aspectos relacionados con el personal de la Auditoría Interna, ámbito
de acción y relaciones y coordinaciones de la Auditoría Interna a lo interno y
externo del Ministerio. En el tercer capítulo se tratan temas sobre las
competencias de la Auditoría Interna, prohibiciones y deberes del personal de
la Auditoría Interna, potestades de la Auditoría Interna; se desarrollan
también los diversos servicios que conforme al marco legal y técnico compete
brindar a la Auditoría Interna así como aspectos relacionados con el
procesamiento de la información, la comunicación de resultados y emisión de
informes, denuncias y el establecimiento de un plan para el seguimiento de
disposiciones y recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna y otros
órganos de fiscalización según corresponda. Finalmente en el cuarto capítulo se
incluye la derogatoria del reglamento actual y la vigencia del documento
propuesto.
CAPÍTULO I
Disposiciones
generales
Artículo
1º—Objeto y ámbito de aplicación. El presente Reglamento, en forma
conjunta con las disposiciones contenidas en la Ley General de Control Interno,
la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República así como los
manuales, las disposiciones, normas, políticas, lineamientos y directrices
emitidas por el órgano contralor en al ámbito de su competencia de fiscalización
de las Auditorías Internas, constituye el marco de
organización y funcionamiento de la Auditoría Interna del Ministerio de
Agricultura y Ganadería.
Este
Reglamento es de acatamiento obligatorio para todos los funcionarios de la
Auditoría Interna y para el resto de servidores y funcionarios de la
Administración Activa en lo que resulte aplicable.