CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
JUNTA DIRECTIVA
APROBACIÓN REFORMA
REGLAMENTARIA
La Junta Directiva de la Caja Costarricense
de Seguro Social, en el artículo 14 de la sesión 8278, celebrada el 28 de
agosto de 2008 acordó aprobar el siguiente Reglamento del Programa del
Régimen no Contributivo de Pensiones:
REGLAMENTO DEL
PROGRAMA
RÉGIMEN NO CONTRIBUTIVO DE
PENSIONES
CAPÍTULO I
De la creación,
fines y requisitos
Artículo 1º—Objeto del
Reglamento. El presente Reglamento regula los beneficios, el régimen
financiero, la administración, el control y la modalidad de las prestaciones,
así como todos los demás aspectos del Régimen no Contributivo de Pensiones,
creado por
la Ley
de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, Nº 5662 del 23 de diciembre de
1974, reformada por
la Ley N
º 8783 del 13 de octubre del año 2009. Dicho Régimen se considera un programa
adicional al Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, que administra
la Caja Costarricense
de Seguro Social (Caja).
(Así
reformado mediante sesión N° 8602 del 27 de setiembre del 2012)
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