Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 10541 >> Fecha 14/09/1979 >> Articulo 13
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 13     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 10541 - Articulo 13
Ir al final de los resultados
Artículo 13
Versión del artículo: 1  de 1
13

Artículo 13.- Unicamente se permitirá la instalación de fábricas,

talleres o cualquier otro centro de trabajo calificado como ruidoso, en

las zonas declaradas industriales mediante Reglamento de zonificación o

lo establecido por la Ley General de Salud.

Ir al inicio de los resultados