Buscar:
 Normativa >> Ley 7319 >> Fecha 17/11/1992 >> Articulo 22
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 22     >>
Normativa - Ley 7319 - Articulo 22
Ir al final de los resultados
Artículo 22
Versión del artículo: 1  de 1
22

ARTICULO 22.- Recurso contra las decisiones del Defensor de los

Habitantes de la República.

Contra las decisiones, las actuaciones y los informes del Defensor

de los Habitantes de la República, solo procederá el recurso de

reconsideración, dentro de los ocho días hábiles posteriores a partir

de la notificación.

Ir al inicio de los resultados