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Artículo 8º.- Como institución autónoma, el Instituto ejercerá su
gestión administrativa y técnica con absoluta independencia del Poder
Ejecutivo, guiándose exclusivamente por las decisiones de su Consejo
Directivo, el cual actuará conforme a su criterio y con apego a las leyes
y reglamentos pertinentes y a los principios de la técnica, y será responsable de su gestión en forma total e ineludible.
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