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 Normativa >> Ley 7169 >> Fecha 26/06/1990 >> Articulo 22
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Normativa - Ley 7169 - Articulo 22
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CAPITULO IV

El Consejo Nacional para

Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT)

ARTICULO 22.- El Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y

Tecnológicas, como institución autónoma con personalidad jurídica y

patrimonio propio, estará regulado por la ley No. 5048 del 9 de agosto de

1972.

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