Artículo 9º -Los Hospitales Generales se
clasificarán, de acuerdo con sus recursos, en tres categorías, a saber:
1-Hospital Clase A.
2-Hospital Clase B.
3-Hospital Clase C.
Además se considerarán dentro de este Reglamento los
Centros Rurales de Asistencia, que corresponderán a la Clase D, con funciones de medicina
preventiva, y atención de maternidad, urgencias y consulta externa.
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