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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 1743 >> Fecha 04/06/1971 >> Articulo 17
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Normativa - Decreto Ejecutivo 1743 - Articulo 17
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Artículo 17
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Artículo 17.-En los establecimientos Clase "A", podrá existir el cargo de Subdirector Médico, a quien corresponderán las funciones que le encomiende el Director de acuerdo con las necesidades del establecimiento y que deberá llenar los mismos requisitos necesarios para Director de un Hospital de esa categoría.

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