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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 1743 >> Fecha 04/06/1971 >> Articulo 28
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Normativa - Decreto Ejecutivo 1743 - Articulo 28
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Artículo 28
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Artículo 28.- Corresponderá especialmente a los jefes de Departamento:

a) Planear, organizar, coordinar, evaluar y dirigir las acciones de fomento, protección, recuperación y rehabilitación de salud que corresponden a su Departamento, con apego a las normas de política general que rigen a la Institución.

b) Cuidar de la eficiencia cuantitativa y cualitativa del Departamento a su cargo.

c) Cuidar del progreso científico del personal a sus órdenes, organizar reuniones a que se refiere este Reglamento y estimular el estudio, las publicaciones y los trabajos de investigación.

d) Promover y mantener la Auditoría Médica en los Servicios de su Departamento.

e) Preocuparse de la preparación y desarrollo adecuado de los programas de adiestramiento para residentes e internos de los Servicios del Departamento a su cargo, guiarlos y proporcionarles las facilidades necesarias para que cumplan su cometido bajo su vigilancia;

f) Hacer visitas periódicas a cada Servicio, en compañía del jefe respectivo.

g) Atender las consultas técnicas del personal, resolver los casos difíciles o de particular gravedad o responsabilidad y realizar o dirigir las operaciones que requieran mayor cuidado o experiencia.

h) Cooperar con la labor del Director del establecimiento, asistir cuando se le requiera, a las reuniones del Consejo Técnico, formar parte de las Comisiones y aportar su esfuerzo e interés para la mejor marcha del establecimiento.

i) Atender todas las llamadas y consultas que por emergencia le hagan los jefes de Servicio o de Clínica.

j) Supervisar al personal médico subalterno en los distintos niveles.

k) Intervenir en la calificación del personal a su cargo, de conformidad con la reglamentación vigente.

1) Informar a quien corresponda de las faltas disciplinarias del personal de su Departamento, cualquiera que sea su categoría.

m) Cuidar del orden, aseo y disciplina dentro de sus Servicios, de la conservación del edificio y material de trabajo y de la suficiente dotación e incremento del mismo.

n) Participar en la organización de conferencias clínicas, anatomo-patológicas y otras actividades científico-educativas correspondientes a su Departamento.

o) Presentar a la Dirección del Hospital, en el mes de enero, un informe anual de las labores desarrolladas por el Departamento a su cargo, que incluya recomendaciones sobre problemas y necesidades existentes.

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