Artículo 50.-El Director y el Cuerpo
Médico deberán tener presente:
a) Que estas atenciones significan un
contacto directo con la gran masa del público y que a través de ellas apreciará el
éxito y cimentación del prestigio de las prestaciones;
b) Que sólo con un trabajo
científicamente dirigido y realizado se podrá obtener un rendimiento satisfactorio de
los recursos disponibles;
c) Que las relaciones entre el
establecimiento y sus funcionarios por una parte y los pacientes que requieren atención,
por otra, deben racionalizarse sobre bases que se caractericen por el calor humano, la
comprensión sicológica y el amparo moral que deben irradiar hacia el paciente; y
d) Que la consulta externa ofrece las
mejores posibilidades para efectuar acciones educativas y preventivas en forma completa y
económica.
En consecuencia, corresponde a la
Dirección y a las jefaturas de Departamento y Servicio, preocuparse de modo especial de
la organización de la Consulta Externa v de su funcionamiento adecuado.
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