Artículo 72.-Todo enfermo ingresado al Servicio de
Emergencias queda de hecho bajo su inmediata responsabilidad. El Servicio, en caso de
hospitalización de enfermos, lo hará en las camas disponibles de los distintos servicios
del Hospital, previa confección de la historia clínica, en que deberán consignarse
también la hipótesis diagnóstica y el tratamiento a seguir. La responsabilidad de la
atención médica del paciente queda en manos del Servicio de Emergencias hasta que el
servicia médico correspondiente se haga cargo del enfermo el primer día hábil.
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