Artículo 76.-Corresponderá especialmente
al responsable de Salas de operaciones:
a) Velar por el orden, aseo y disciplina dentro de las
Salas;
b) Cuidar y responder de la conservación del material
quirúrgico, del instrumental y demás artículos que les sean confiados;
c) Velar por la existencia y cumplimiento
de normas y recursos tendientes a prevenir complicaciones intrahospitalarias y vigilar que
se cumplan en las Salas de Operaciones todas las condiciones de asepsia y demás
requisitos que la técnica señala para las mismas;
d) Velar por la existencia y cumplimiento
de normas y recursos tendientes a prevenir explosiones por manejo inadecuado de gases o
por instalaciones inadecuadas;
e) Velar por la existencia y cumplimiento de normas y
recursos tendientes a prevenir incendios;
f) Velar por la existencia de normas y recursos que
garanticen protección contra insectos y roedores;
g) Velar porque se cuente con todos los
elementos necesarios para la realización correcta y satisfactoria de las intervenciones
quirúrgicas
h) Distribuir el personal y establecer
turnos dentro de su trabajo;
i) Exigir que todo enfermo vaya a la operación acompañado
de la historia clínica completa;
j) Velar porque se envíe al servicio de
Anatomía Patológica, toda muestra operatoria;
k) Atender y tramitar los reclamos y
observaciones que se le hagan acerca de la marcha de las salas de operaciones;
l) Velar porque se mantengan debidamente
preparados el personal y el material necesarios para efectuar las intervenciones de
emergencia;
m) Velar porque se lleve la anotación
estadística de la labor realizada en la,,; salas de operaciones;
n) Velar porque se dé cuenta diariamente
al Departamento o Servicio de Estadística y Documentos Médicos de las intervenciones
efectuadas en las salas de operaciones; y
o) Velar porque se compruebe la identidad
de los enfermos y verificar que los hospitalizados hayan cumplido con todos los trámites
previos a la intervención.
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