Artículo 84.-El jefe del Servicio o
encargado de la Unidad, deberá impartir las instrucciones técnicas a fin de:
a) Obtener el correcto empleo y mejor
aprovechamiento del equipo confiado a su cuidado.
b) Conseguir la correcta participación del
personal tanto en el preoperatorio, en el acto quirúrgico, como en el postoperatorio.
c) Asegurar la participación del personal
durante las 24 horas del día, de manera que la institución cuente en todo momento con un
eficiente servicio, incluyendo domingos y cías feriados.
d) Aprovechar la labor del personal en
programas de enseñanza y, entrenamiento, así como para mejorar los conocimientos del
personal existente.
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