Artículo 152.-La Farmacia constará, por
lo menos, de las siguientes áreas de trabajo:
Laboratorio de preparación e investigación;
Preparación y despacho de recetas para enfermos
hospitalizados;
Preparación y despacho de recetas para enfermos
ambulatorios;
Almacenamiento de drogas y medicamentos;
Lavado de utilería; y
Administración interna e información
técnica.
En los Hospitales Clases B y C, los
recursos humanos para el despacho de recetas para enfermos hospitalizados y ambulatorios
pueden ser comunes.
Además, se considerarán anexos a la
Farmacia los botiquines con medicamentos para casos de emergencia existentes en el
establecimiento. Por lo tanto, la Farmacia deberá velar por su adecuado aprovisionamiento
y la reposición oportuna de los medicamentos gastados. Tales botiquines permanecerán
cerrados con llave que mantendrá bajo su responsabilidad un empleado de turno autorizado
y deberá dejarse a cambio de cada medicamento que de ellos se tome, tina receta que se
indique por lo menos el nombre del paciente, su edad, el servicio a que corresponde, el
medicamento prescrito y la firma del médico responsable.
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