Artículo 157.-Este Departamento o Servicio
estará a cargo de una jefe en los Hospitales Clase A, existirán Subjefes, de acuerdo con
las necesidades. Unas y otras deberán ser enfermeras graduadas, costarricenses,
registradas en el respectivo Colegio.
Además, en los Hospitales Clase A, la jefe
deberá tener ocho años de experiencia en enfermería, de los cuales cuatro deberá haber
servido en cargos (le supervisión o subjefatura y haber aprobado un curso de
Administración de Enfermería; en los Hospitales Clase B, deberá tener cuatro años de
ejercicio profesional, de los cuales por lo menos dos en funciones de- supervisión y
haber recibido un cursillo de orientación en Administración de Enfermería; en los
Hospitales Clase C, deberá tener dos años de experiencia, de los cuales por lo menos uno
en funciones de supervisión. En casos de inopia, en los Hospitales Clases B o C, podrá
prescindirse de los requisitos de experiencia y cursos de orientación previa, teniendo en
estos casos el nombramiento carácter de interinidad.
Para desempeñar una Subjefatura en Hospitales Clase A, se
exigirán los requisitos necesarios para la jefatura, salvo la experiencia que podrá ser
inferior en dos años.
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