Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 1743 >> Fecha 04/06/1971 >> Articulo 163
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 163     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 1743 - Articulo 163
Ir al final de los resultados
Artículo 163
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 163.-En Hospitales Clases A y B podrá existir el cargo de Supervisora de Educación en Servicio que, además de los requisitos de las Supervisoras de Area Clínica, deberá haber aprobado un curso de post-grado en educación y métodos de enseñanza.

Ir al inicio de los resultados