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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 1743 >> Fecha 04/06/1971 >> Articulo 176
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Normativa - Decreto Ejecutivo 1743 - Articulo 176
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Artículo 176
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Artículo 176.-El Servicio deberá, además, disponer del. personal auxiliar debidamente adiestrado, en número suficiente para el adecuado desempeño de sus obligaciones.

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