Artículo 179.-La recepción, y
distribución de materiales, ropa y equipos se registrarán en formularios, en los que
también deberá dejarse constancia del material perdido o deteriorado y del probable
responsable de tal pérdida o deterioro. Con base en tales formularios deberá llevarse un
registro de artículos perdidos n deteriorados y las causas respectivas. Asimismo, deberá
mantenerse un registro actualizado de los artículos entregados a los distintos servicios
del establecimiento.
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