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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 1743 >> Fecha 04/06/1971 >> Articulo 230
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Normativa - Decreto Ejecutivo 1743 - Articulo 230
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Artículo 230
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Artículo 230.-Para el cumplimiento de algunas de las labores de mantenimiento, los establecimientos podrán realizar contratos con casas especializadas, de acuerdo con las necesidades y los recursos disponibles.

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