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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 1743 >> Fecha 04/06/1971 >> Articulo 269
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Normativa - Decreto Ejecutivo 1743 - Articulo 269
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Artículo 269
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Artículo 269.-Todo funcionario o empleado deberá suscribir un contrato de trabajo, en el cual se especificarán las condiciones que se convengan de acuerdo con la ley, este Reglamento y las necesidades de la institución.

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