Artículo 273.-Los funcionarios que resultaren beneficiados
con una beca o con la posibilidad de efectuar estudios especiales de utilidad para el
establecimiento, podrán obtener permiso para ausentarse de su trabajo hasta por un año,
prorrogable según los requisitos de los estudios, previo contrato firmado entre el
funcionario v el organismo directivo, de acuerdo con las regulaciones que rigen su
otorgamiento
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