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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 1743 >> Fecha 04/06/1971 >> Articulo 273
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Normativa - Decreto Ejecutivo 1743 - Articulo 273
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Artículo 273
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Artículo 273.-Los funcionarios que resultaren beneficiados con una beca o con la posibilidad de efectuar estudios especiales de utilidad para el establecimiento, podrán obtener permiso para ausentarse de su trabajo hasta por un año, prorrogable según los requisitos de los estudios, previo contrato firmado entre el funcionario v el organismo directivo, de acuerdo con las regulaciones que rigen su otorgamiento

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